Con el propósito de poner término al juicio civil las partes acordaron que la Naviera Fitz Roy cancele, a título de indemnización de perjuicios, la suma de $ 56.500.000 para los hijos, “en un plazo no superior a los sesenta días”, a partir de lo que disponga el tribunal, que ya autorizó el avenimiento.
Los abogados de ambas partes, Francisco Cárdenas por la Naviera y Juan José Arcos por los hijos, acordaron qué la parte demandante se obliga a desistirse de cualquier acción penal o administrativa que haya deducido como consecuencia de los hechos materia de la investigación”.
Las partes solicitaron al tribunal la aprobación del presente avenimiento, lo cual ya ocurrió en el Tercer Juzgado de Letras de Punta Arenas, “y que se le tenga como sentencia definitiva para todos los fines legales”.
Accidente
El accidente marítimo ocurrió el 26 de julio de 2010. Desde la cubierta de la barcaza, que diariamente realiza el cruce entre Isla Riesco y Río Verde, cayó un camión cargado con animales. El pesado rodado se fue al fondo y dos de los ocupantes lograron salir, el hijo de Daniel Castro y el chofer del camión. No así Daniel Castro Pastenes, quien posteriormente fue encontrado sin vida por los buzos de la Armada.
El sumario naval estableció que la naviera no cumplió con la normativa de la Gobernación Marítima, “ya que no habilitó un sistema de trinque para amarrar la carga, sobrepasó el tonelaje autorizado por la autoridad naval al sobrecargar la barcaza. Además se infringieron las disposiciones de la Armada, ya que ocurrido el accidente se estableció que el capitán de la nave no se encontraba a bordo y era un tripulante quien dirigía la nave, y el zarpe se realizó con menor dotación de la que exige la autoridad marítima”.