Informe de Contraloría señala que Minvu adeuda $ 131 millones

General
14/05/2011 a las 08:00
La Contraloría entregó ayer el informe sobre el denominado caso Kodama, en el cual se establece que el Ministerio de Vivienda le adeuda poco más de $131 millones a la constructora, en vez de los $17 mil millones que el Serviu se había comprometido a pagar por concepto de gastos extras en que la empresa incurrió durante la construcción de un corredor del Transantiago. El documento señala que el informe de montos elaborado con posterioridad al contrato de transacción, no se ajustó a la normativa aplicable en la determinación del valor indemnizatorio, “resultando justificados administrativamente, de acuerdo a los antecedentes de la normativa la suma de $ 131.351.373”, sin perjuicio de las multas que están pendientes a definir en el contrato.
Dicho análisis se contradice con el elaborado por el Instituto de Investigación y Ensayos de Materiales
(Idiem ) de la Universidad de Chile, a solicitud de la Subsecretaría de Vivienda, que estableció un pago máximo de $ 2.132 millones de indemnización por el corredor Pedro Aguirre Cerda y con el que solicitó Kodama a la Dirección de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Universidad Católica (Dictuc), entidad que estimó el pago de $ 17 mil millones.
Falta de control
El informe del ente fiscalizador también analizó el actuar administrativo de las autoridades del Ministerio de Vivienda, que visaron el acuerdo extrajudicial, señalando que “se ha constatado que el Minvu no ejerció a cabalidad y conforme al ordenamiento el deber de control que como una expresión de supervigilancia, le corresponde respecto del Serviu RM”.
Tras la investigación de Contraloría, se concluye que “ciertos servidores del Serviu RM y del Ministerio de Vivienda exteriorizaron directamente su voluntad en orden a definir el monto del pago de eventuales compensaciones que se deberían a una empresa (Kodama), a través de una modalidad que no se encontrara sujeta al control de juridicidad de esta Contraloría General, excluyendo, además, la aplicación de la regulación propia de estos contratos de obras”.

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