Decretan beneficios para deudores habitacionales de instituciones bancarias

General
20/05/2011 a las 13:35
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo informó que entró en vigencia el decreto que beneficia a más de 80.000 deudores habitacionales en el país, con subvenciones en los dividendos que llegan a un 60%. El Seremi de Vivienda y Urbanismo, Christian Matheson Villán, anunció hoy a la comunidad Magallánica acerca de los beneficios a que podrán acogerse, desde esta semana y hasta el 3 de agosto de 2011, más de 80 mil deudores habitacionales en el país, con descuentos en sus dividendos o pago total de la deuda en casos justificados, los que serán evaluados por un comité especial. Según señaló la autoridad, “Mediante el Decreto N°12, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha establecido una serie de beneficios para los deudores habitacionales que tengan compromiso con instituciones bancarias, dando cumplimiento al programa presidencial que pretende otorgar una solución justa, gradual y realista, a compatriotas que presentan condiciones de vulnerabilidad. Entre los beneficios a los que accederán los deudores se encuentran subvenciones de un 60, 50, 25 y 20 por ciento del dividendo, según el grado de vulnerabilidad que presenten y para esto el estado dispondrá de 125 mil millones de pesos.”
Para implementar los beneficios, se ha dispuesto la conformación de un comité especial, encabezado por el Ministro Rodrigo Perez, que analizará las rebajas y condonaciones para los casos que lo ameriten. En este sentido, la comisión analizará las causas debidamente justificadas del deudor o uno de sus miembros del grupo familiar, considerando, por ejemplo, el ingreso familiar, discapacidad, enfermedades catastróficas o terminales, que le imposibiliten trabajar y sean de alto costo para la familia.


Las personas tienen hasta el 30 de septiembre para presentar sus postulaciones a este comité, que será muy riguroso en analizar los casos de extrema vulnerabilidad, mientras que el proceso de postulación a este beneficio comienza con el envío de una carta explicativa que adjunta ficha de postulación, y tríptico informativo a los deudores ‘que cumplen con los siguientes requisitos:
a) Tener Ficha de Protección Social bajo los 11.734 puntos al día 30 de noviembre de 2010,
b) Según la información disponible se puede establecer que posee vivienda con valor inferior a 650 UF
c) Obtuvo vivienda con Decreto Supremo no vigente.
Los deudores de BancoEstado, deberán presentarse con el formulario respectivo en cualquier sucursal de ServiEstado a lo largo del país en la fecha que se le indique, la que dependerá de la inicial de su apellido, ya que se desea que el proceso sea expedito y sin aglomeraciones incómodas para los postulantes. Los deudores de otras instituciones también serán debidamente informados a través de carta dirigida a su domicilio.
En este respecto, el Seremi Christian Matheson precisó: “para acceder al beneficio, el valor de compra de la vivienda debe ser igual o inferior a 650 UF y es aplicable a las que fueron compradas con subsidios habitacionales a excepción de las adquiridas con DS 40, DS 120, DS 174 y DS 04. Sin embargo existe una excepción para algunos deudores del DS 40 y el DS 120 que podrán postular a subvención especial o condonación en caso que padezcan una enfermedad catastrófica o discapacidad severa y sean extremadamente vulnerables. Se contratará además un seguro de desempleo que beneficiará a 320 mil familias, cubriendo el pago de cierta cantidad de dividendos en caso de desempleo.”
Toda la información sobre este beneficio se encuentra disponible en las oficinas del Serviu, como también en la página de Internet www.minvu.cl donde aparece “Apoyo a deudores habitacionales”, pudiéndose descargar los formularios de postulación en la siguiente página: http://www.minvu.cl/opensite_20110408171538.aspx.

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