
1. Los protocolos y el ordenamiento interno de Carabineros de Chile no permiten ni autorizan la realización de intervenciones telefónicas a personas o instituciones, cuando éstas no hayan sido ordenadas por un tribunal competente, en cumplimiento estricto del ordenamiento legal vigente. La política institucional es clara y precisa a este respecto.
2. Carabineros de Chile, desde rol de protector y garante de los derechos de las personas, señala que jamás ha permitido ni permitirá el uso de cualquier recurso institucional para realizar acciones que claramente están al margen de la Ley. La Institución no da cabida a prácticas que lesionen la privacidad ni la intimidad de las personas.
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3. Como la ciudadanía sabe, en casos calificados la Ley faculta a los tribunales de justicia para ordenar a Carabineros de Chile interceptar y registrar conversaciones telefónicas de ciudadanos específicos, cuando se estima que dichas interceptaciones son de utilidad para el éxito de la persecución penal.
4. En ese contexto, Carabineros de Chile, como institución auxiliar de los tribunales y del Ministerio Público, procede a aportar su capacidad técnica con el objetivo de asegurar el cumplimiento de las disposiciones que éstos le impartan, con los más altos estándares éticos y profesionales.
5. Carabineros de Chile sabe que la acción de interceptación telefónica es un recurso investigativo que la autoridad judicial utiliza de modo excepcional y sobre elementos de juicio precisos y fundados, pues se trata de una acción que tiene directa vinculación con el derecho a la intimidad de las personas.
6. En atención a su Doctrina Institucional y a las normas que rigen el actuar de la Institución, Carabineros de Chile reafirma su respeto más irrestricto al ordenamiento legal vigente y su adhesión permanente al respeto de la dignidad y los derechos de todos los chilenos, reiterando en este contexto que el mando institucional no ha ordenado escuchas telefónicas al margen de lo dispuesto expresamente por la autoridad judicial.
7. En razón de lo anterior, Carabineros de Chile entregará toda la información que posee sobre estas materias ante las autoridades competentes que lo requieran, abriendo todo el accionar institucional al más amplio escrutinio, para que sea la verdad judicial la que clarifique el actuar institucional sobre los hechos denunciados, de modo de ser fiel a la confianza que la ciudadanía deposita día a día en Carabineros de Chile.