
La reunión se dio en el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAG) que se realiza en Buenos Aires y en la que participan ambas instituciones.
Las autoridades buscan anticiparse para fortalecer la defensa de los consumidores en ambos países considerando que la coordinación de ambas agencias va a profundizar la libre competencia y permitirá resguardar de mejor manera que se cumplan las condiciones exigidas por el Tribunal de la Libre Competencia.
En lo práctico, el Sernac enviará a Brasil las condiciones que establezca el Tribunal para la eventual la fusión y Brasil por su parte, compartirá los reglamentos que tienen respecto a la aviación civil para hacer un monitoreo conjunto de la operación si llega a autorizarse definitivamente, lo que se complementará con lo que decidan las autoridades antimonopolio de ese país.
Para Peribonio, “no hay mayor beneficio para los consumidores que exista una sana y libre competencia en el mercado y que se respeten de sus derechos”. Por ello, explica, el SERNAC ha cooperado con el Tribunal de Libre competencia entregando su opinión técnica respecto a situaciones del mercado que puedan afectar esos derechos para que se tomen medidas preventivas.
Señala que el crecimiento de las empresas, debe ir a la par de los derechos de los consumidores. “Una operación de mercado como puede ser la fusión de las empresas, no necesariamente atenta contra la libre competencia, siempre y cuando se tomen medidas para prevenir que se afecten los derechos de los consumidores”. Entre ellos, el derecho a una información veraz y oportuna, el derecho a libre elección, a la no discriminación arbitraria, a la calidad de los productos y servicios, y a que no se niegue injustificadamente un servicio.
En ese sentido, para el SERNAC, toda operación que implique la fusión de las empresas debe tener resguardos mínimos para las y los consumidores. Entre ellos:
Que se de un trato igualitario a todos los consumidores del país en cuanto a la innovación de productos y precios de venta.
Que no se perjudique la calidad de los productos y se asegure el derecho a la garantía legal.
Que se informe al SERNAC cualquier medida que impliquen alza de precios medidas que afecten la calidad o cantidad de los productos a la venta.
Estos aspectos mínimos para el resguardo de las y los consumidores deberán entenderse incluidos en las condiciones que les exija el tribunal a las empresas.