
En razón de ello, cabe decir que seremos enfáticos en recurrir a todas las facultades legales precedentes, de acuerdo a los marcos jurídicos vigentes establecidos en Ley 16.744 y la consagrada en el artículo 38 del Código del Trabajo que regula el sistema de jornadas excepcionales y descanso de los trabajadores, exigiendo una severa y exhaustiva investigación a fin de evitar que se sigan produciendo accidentes graves e irreversibles como éste, en que, en el fiel cumplimiento de la labor, desemboque en el sufrimiento y desolación de toda una familia y sus compañeros de trabajo. A ellos, nuestras más sentidas condolencias.
Debemos señalar, que esta organización sindical, como rol natural, ha puesto especial énfasis, en exigir el cuidado de la seguridad integral de los trabajadores y las buenas prácticas laborales que apunten a establecer las garantías necesarias para enfrentar las faenas diarias de manera normal.
Por ello, permanentemente hemos manifestado y denunciado ante los ejecutivos de la EMPRESA NACIONAL DEL PETRÓLEO a todos los niveles e instancias, los graves inconvenientes y transgresiones que atentan contra la integridad y seguridad de los trabajadores, así como también sus instalaciones.
Vemos con preocupación las políticas economicistas de la empresa orientadas a privilegiar los resultados económicos por sobre la seguridad de los trabajadores, reflejadas en instalaciones abandonadas, falta de inspecciones y certificaciones técnicas adecuadas y actualizadas, fiscalizaciones y procedimientos de las faenas, congelamiento de mantenciones en áreas críticas, clima laboral adverso, entre otros.
En el sano ejercicio, los ejecutivos deben reconocer, que el rol que debe cumplir la prevención de riesgos debe ser de manera proactiva permanente en las faenas de trabajo y no reactiva, teniendo en cuenta que las estadísticas establecen claramente zonas sensibles y proclives de accidentabilidad.
El Sindicato de Trabajadores de Enap manifiesta tajantemente que rechaza toda medida que atente en contra de la integridad física y moral de sus compañeros y continuará insistiendo en la necesidad de autonomía de los comités paritarios, donde se respete la naturaleza del cuerpo legal para la cual fueron creados.
Esperamos que los ejecutivos responsables y directos, en virtud a sus facultades, reflexionen respecto de los peligros que constituyen los antecedentes mencionados y actúen en conformidad a los requerimientos y competencias que deben tener ante asuntos de tal magnitud como son el cuidado y bienestar de los trabajadores.