
En la primera, el abogado Renán Solís Muñoz, en representación de Isabel Oyarzún Godoy, pidió que se declare la “inaplicabilidad por inconstitucionalidad” de la causa por el delito de obstrucción a la investigación, tramitada en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas en contra del doctor Carlos Castro, solicitando la suspensión del procedimiento, después que con fecha 3 de noviembre el Ministerio Público comunicara su decisión de no perseverar, frente a lo cual el querellante se opuso y recurrió de apelación, recurso que el Tribunal de Alzada declaró improcedente.
Mientras que el Tribunal Constitucional determinó que “de los antecedentes conocidos por este Tribunal, no se verifica la existencia de gestión pendiente en la que incida el requerimiento de inaplicabilidad”. Y como no se verificaron todos los requisitos exigidos por la Carta Fundamental para admitir a tramitación el requerimiento deducido, el Tribunal Constitucional declaró “inadmisible" el requerimiento.