En el primero de los casos el ministro estableció que la causa de muerte del ex Mandatario es el suicidio como versa en la historia oficial. En el crimen del senador UDI cerró la indagatoria con un procesado y dos extradiciones pendientes El ministro en visita dictó esta tarde dos importantes resoluciones. La primera de ellas en la investigación por la muerte del Presidente Salvador Allende, ocurrida el 11 de septiembre de 1973, en la que cerró el sumario confirmando que el ex Mandatario se suicidó en La Moneda.
El 23 de mayo de este año, el juez Carroza encabezó junto al director del Servicio Médico Legal (SML), Patricio Bustos, la exhumación de los restos del ex Mandatario que descansan en el Cementerio General. Un equipo multidisciplinario de peritos de la entidad legista, apoyado por expertos extranjeros, concluyó tras los análisis "Forma medicolegal de la muerte: suicidio".
Tal como versa en la historia oficial, los médicos forenses establecieron que las lesiones que presenta el cadáver de Allende son atribuibles a dos proyectiles de fusil: "lesión perforante de la cabeza por proyectil de arma de fuego de alta velocidad, a contacto".
El perito balístico británico David Pryor detalló que el líder de la Unidad Popular (UP) ese día estando en el palacio de La Moneda - y tras el golpe de Estado- apoyó el fusil AK-47 bajo su mentón y disparó dos balas que tuvieron la misma trayectoria.
Crimen de Guzmán
En tanto, en la segunda importante resolución el juez Carroza cerró el sumario por el crimen del senador Jaime Guzmán ocurrido en abril de 1991. Esta causa fue reabierta luego que en una entrevista emitida por Chilevisión el ex frentista Mauricio Hernández Norambuena revelara nueva información de cómo se planificó el asesinato de uno de los fundadores de la UDI.
Durante esta reapertura del caso, tras varios interrogatorios y diligencias, Carroza procesó al ex frentista Enrique Villanueva Molina y pidió dos órden de extradición que se encuentran en trámite.
"Se declara cerrado el sumario en este cuaderno 1 de la causa Rol N° 39.800-1991 del 6° Juzgado del Crimen de Santiago, por atentado terrorista con resultado de muerte del senador de la República Jaime Guzmán Errázuriz, perpetrado en contra de autoridad política, previsto y sancionado en el artículo 2º Nº3 de la ley 18.314 que determina conductas terroristas, en relación con el artículo 1º Nº 1 del mismo texto legal y artículo 5º Letra a) de la Ley Nº 12.927 sobre Seguridad del Estado", dice el fallo.