104 personas han constatado lesiones por mordeduras durante el año en Punta Arenas

General
14/04/2012 a las 10:40
En todo el 2009 hubo 302; en 2010 fueron 274 y en 2011se produjeron 292, por lo que si se proyectan los números, el presente sería el año más perjudicial. Actualmente, hay una ordenanza municipal sobre tenencia responsable de mascotas, donde no faculta sacrificar a un animal que haya atacado a una persona. Producto del feroz ataque de un perro, que recibió el trabajador Juan Trina en la Población Aves Australes y ante el ferviente llamado de los vecinos de este sector para sacrificar a este animal, nuevamente salió al debate la tenencia responsable de mascotas y las medidas de protección que se deben adoptar en caso de algún ataque de un perro y de quien se tiene que hacer responsable de las lesiones recibidas.
En Magallanes en lo que va de 2012 han sido 158 personas atacadas por un perro, según los registros de la Seremi de Salud Magallanes, los cuales llevan la estadística producto que de este servicio depende el seguimiento que se le hace al animal que agredió, para verificar si este can padece rabia.
En Punta Arenas han sido 104 personas que han llegado hasta el Hospital Clínico de Magallanes, para constatar las lesiones y vacunarse contra la rabia, en Porvenir hasta la fecha han sido 109 personas agredidas por perros y en Puerto Natales fueron 35 los habitantes de esta ciudad los que han sido agredidos por un can.
Preocupación municipal
Uno de los departamentos municipales, que demostraron su preocupación por el hecho ocurrido, fue el de Medio Ambiente, quien mediante el encargado del programa “Yo Aperro”, el veterinario Jorge Stambuk, manifestaron a Pingüino Radio que “existen instituciones que podemos hacer cosas. En cuanto a la tenencia responsable, son varias, pero lamentablemente la Ley de Tenencia Responsable, tengo entendido que va para los 20 años, entonces mientras no haya una ley que diga qué institución se tiene que hacer responsable o quiénes se tienen que hacer responsable, es muy difícil de actuar”.
El profesional agregó que “cuando llegamos a ver, la situación que pasó con el ataque a esta persona, todos pensaron que nosotros nos íbamos a llevar el perro, pero no es así, ya que hay un decreto que en teoría faculta al municipio a realizar la eutanasia a un perro, únicamente cuando es un animal que está sufriendo y que no tiene dueño, por ejemplo un perro atropellado, pero no está claro que pasa con los perros que atacan a las personas, porque no tenemos un marco legal”, expresó el veterinario.
Asimismo el facultativo agregó que “tenemos una ordenanza municipal que tiene peso sólo en nuestra comuna, pero tampoco es la solución del problema de los ataques, la ordenanza indica normas básicas y cierto grado de sanción que pueda tener este propietario, pero si nos ponemos a pensar la multa que expresa esta ordenanza va desde las 3 a 5 UTM, cosa insuficiente en el caso de algún ataque de un perro, pero lamentablemente es lo que tenemos para trabajar, mientras no tengamos una ley clara, que cite lo que tenemos que hacer”.
Ordenanza
El 30 de abril de 2009, la Municipalidad de Punta Arenas decretó una ordenanza municipal sobre la tenencia responsable de mascotas en la comuna y en su artículo 4, describe sobre la responsabilidad de los dueños de las mascotas, el cual dice textualmente “Los propietarios y/o tenedores de los perros serán responsables, una vez comprobada la veracidad de los hechos de: a) las molestias provocadas a los vecinos a causa de los ruidos por ladridos o aullidos excesivos y de los malos olores generados por la tenencia de los animales; b) Los daños y perjuicios que ocasione el animal a los bienes de terceros; c) Los daños y perjuicios que ocasione el animal a las personas; d) Las infracciones de la presente ordenanza.
Una vez apercibidos los propietarios o tenedores por escrito, de las molestias denunciadas, se procederá a la entrega de los antecedentes ante el Juzgado de Policía Local competente, mediante la infracción respectiva. Para estos efectos, la Municipalidad de Punta Arenas, podrá coordinar su fiscalización con otras autoridades competentes”.
En el artículo 11 de la ordenanza municipal, describe la fiscalización y las sanciones, en este punto dice textualmente “corresponderá a Carabineros y a los fiscalizadores e inspectores municipales, la fiscalización y hacer cumplir las disposiciones de la presente ordenanza.
Las inspecciones a la presente ordenanza serán cursadas y notificadas a quienes aparezcan como propietarios del animal conforme a la presente, y serán denunciados a los juzgados de policía Local de Punta Arenas y sancionados con la multa de 3 a 5 UTM sin perjuicio de exigir el pago de los derechos y gastos correspondientes.
Conforme al artículo 20 de la Ley 18.287, el juez determinará la multa y a petición expresa del infractor y siempre que este carezca de medios económicos suficientes para su pago, podrá realizar labores comunitarias.
Tenencia Responsable
Esta futura ley, se encuentra actualmente en tramitación ante la comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados y tiene como uno de los mayores alcances dejar fuera la facultad de los municipios que permitía, en un principio, la eutanasia de perros peligrosos sin dueño. Asimismo, se creará un registro nacional de mascotas peligrosas y en caso de algún incidente de que un perro ataque a alguna persona, el dueño del animal deberá pagar entre 1 a 50 UTM, en caso de reincidencia esta multa podría duplicarse.

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