
El senador señaló que con ocasión del Recurso de Protección interpuesto por la Sra. Rosa Myriam Hidalgo Aguirre, a quién se le negó un crédito en base a antecedentes anteriores que ya no figuraban en su información comercial vigente, la Octava Sala de la I. Corte de Apelaciones de la capital dio la razón a la afectada y estableció que dicho registro tenía carácter de “clandestino”.
Explicó que teniendo como antecedente dicha resolución judicial ofició desde la Cámara Alta a la SBIF solicitándole informar las acciones desarrolladas para constatar el uso de estas bases de datos irregulares por parte de las instituciones fiscalizadas, como asimismo, adoptar medidas para que éstas dieran cumplimiento a lo dispuesto en el fallo.
El parlamentario calificó la respuesta de la Superintendencia como “sorprendente” y “frustrante”, pues en el oficio dirigido al Senado, la entidad reconoce y respalda la existencia de un archivo elaborado por la SBIF, conocido como Estado de Deudores y que tiene base legal en el artículo 14 de la Ley General de Bancos, pero más aún ratifica el derecho de los bancos a mantener en su poder dicha información, incluso más allá de lo necesario.