
El expediente
El expediente judicial es amplio, en el se detallan todos los sucesos acontecidos en el largo proceso que tuvo la investigación y este es certero en indicar en todo momento que se elaboró un plan arbitrario e ilegal en contra de Camilo Barberia. A continuación conoceremos parte de este expediente y como vio la justicia el caso.
La historia comienza en septiembre de 2011 cuando la Federación Chilena de Automovilismo (Fadech) presenta una carta a la Asociación Regional de Automovilismo Deportivo (Araad) en donde se indica que el piloto Camilo Barberia debía ser “enviado al tribunal de honor por graves ofensas publicas en contra de la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo”. Posteriormente indican durante el juicio que esta carta es falsa, siendo que ésta la entregó personalmente el director de Fadech Teodoro Martinic en reunión Ordinaria tal como consta en el Acta Nº 317 del 6 de septiembre de 2011.
Según consta en los documentos legales los descargos de Fadech se conocieron de la siguiente manera: “Para proceder de esta manera, se argumenta eventuales ‘graves ofensas públicas’ emitidas contra la Federación, lo que también constituye una conducta arbitraria, esto es, caprichosa y carente de fundamento válido, con el propósito de sancionar al recurrente por sus expresiones, sin un proceso previo, que debiera ser tramitado por el Tribunal de Honor, entidad que sí tiene facultades disciplinarias, de acuerdo al artículo 40 de la Ley N° 19.712 -Ley del Deporte- y dice que con su actuar, de hecho, la Federación lo está sancionando”.
Posteriormente se conoce que la Fadech actuó como una “comisión de censura” y no sólo violó los derechos deportivos, sino también los ciudadanos de Barberia tal como lo cita en el siguiente extracto del fallo judicial: “En cuanto a las garantías conculcadas, refiere que se ha afectado la del N°12 del artículo 19 de la Constitución Política, es decir, la libertad de emitir opinión y de informar, porque la razón que justifica la suspensión de sus derechos como socio, es una represalia a la crítica pública que formuló respecto de la organización federada, erigiéndose así en una suerte de ‘comisión de censura’ al margen del Tribunal de Honor u otro organismo jurisdiccional. Se ha vulnerado también su derecho a la libertad de asociación, garantizada en el N°15 del citado artículo 19, por haber sido marginado de los derechos y beneficios para los que está organizada la asociación, principalmente, la práctica federada del deporte, por ser deber del directorio el resguardo de los derechos de sus asociados y no obrar en su contra. Además, también se ha visto perjudicado en su derecho a la propiedad sobre bienes incorporales, citando en este caso los derechos inherentes a su calidad de socio, que incluyen su licencia, a exigir el pronunciamiento sobre asuntos de la organización, a reclamar las acciones de directivos y empleados y a gozar de los derechos y beneficios de la Federación”.
Tema de fondo
El actuar arbitrario de los dirigentes regionales y nacionales se debió finalmente a la indagación de algunos temas “tabú” para los involucrados, esto porque Barberia investigó el valor real de las pólizas de seguro que cada año deben cancelar los pilotos federados, además de cómo operaban en caso de accidente. El resultado de esa investigación arrojó que los precios estaban “inflados” y Camilo Barberia consultó qué pasaba con el excedente entre otras explicaciones que solicitó a modo de informar a los interesados.
Al no obtener respuesta decide seguir investigando y las sorpresas que encontró en el camino no sólo asombraron a los asociados, sino que también desató la ira de los dirigentes que se fueron “en picada” contra el piloto.