
“El “permiso sindical” garantizado por la Ley N° 19.296, constituye el reconocimiento de un derecho que resulta inseparable con el Principio Universal de la Libertad Sindical. En efecto, no podríamos concebir un sistema que reconociera la libertad y autonomía de un sindicato si no otorgamos a los legítimos representantes de los trabajadores un mecanismo para que puedan entregarse a su labor sin sufrir menoscabo en sus remuneraciones o en sus actividades profesionales”, contiene en uno de sus párrafos la carta denuncia que Fenpruss ingresó a las Intendencias y Gobernaciones de todo el país.
“Otro punto a destacar es que durante los 18 años de vigencia de la Ley 19.296 se ha dado en la práctica y como hecho reiterativo en el tiempo y en forma uniforme, que durante todos estos años siempre se le ha concedido a los dirigente gremiales el tiempo completo de su jornada de trabajo debido a su gran cantidad de trabajo y en atención que representan a funcionarios del todo país, reconociendo así un derecho a favor de los dirigentes gremiales del sector público en atención a sus funciones. Quitarle dicha prerrogativa significaría una violación a las normas consagradas tanto en la Ley 19.296, en nuestra Constitución como en las normas internacionales ratificadas por Chile sobre la libertad sindical y derechos de los trabajadores por lo tanto solicitamos que Ud. como autoridad de la región haga cumplir la ley en los servicios de salud de su zona respetando los derechos de los trabajadores y sus representantes”. Así lo solicitaron dirigentes en sendas cartas que esperan puedan retraer las acciones antisindicales identificadas en varias regiones del país, manifestaron los miembros del Directorio Nacional de Fenpruss.