
El texto establece el derecho a indemnizaciones sustitutivas del aviso previo y por años de servicio, manteniendo la práctica de los síndicos y tribunales, pero a nivel de texto legal, además establece que el finiquito podrá firmarse con cotizaciones impagas, de esta manera el trabajador nunca renuncia a las cotizaciones que no estén pagadas al momento del término del contrato, mientras que una vez firmado entre trabajador y síndico, el finiquito basta para que el síndico pague, sin necesidad de iniciar un juicio, lo que reduciría el tiempo de espera del trabajador.