
La Cámara Franca manifestó su molestia por el reconocimiento que la Sociedad Rentas Inmobiliarias (SRI) realizó el fin de semana, sobre una discriminación tarifaria en el cobro que le realiza a los usuarios de ese recinto. Esta práctica estaría prohibida en el punto 1.7.2.20 de las Bases de Licitación en el que se señala que las tarifas se fijarán “sin discriminación alguna ante iguales servicios y distintos usuarios, el tarifado y precios a cobrar en la Zona Franca”. En este sentido recordaron que esta es una de las faltas que reciben una mayor multa tal como lo establecen las Bases de Licitación en las que se decretan 100 UF por cada vez que la Administradora caiga en esa irregularidad. Finalmente, la Cámara Franca calificó como “descaro” el hecho de que SRI alardee públicamente con la discriminación en las tarifas señalando que “a confesión de partes, relevo de pruebas”.