
Según consta en el dictamen de fecha 31 de octubre del año pasado, emanado por el contralor general de la República, Ramiro Mendoza, se confirmó que Conaf sí tiene atribuciones para excepcionalmente permitir navegación en el Lago Nordenskjöld, motivo por el cual se desestimó la denuncia.
“De los antecedentes expuestos, se advierte que la mencionada resolución exenta N° 66, de 2012, fue dictada por la autoridad del organismo que tiene esa potestad y que en virtud de dicho acto, se permite, excepcional y transitoriamente, la navegación a través del Lago Nordenskjöld, modificándose de esta forma, las normas de uso de dicha zona intangible contenidas en el Plan de Manejo del aludido Parque Nacional”, esgrime el dictamen que está firme.
Finalmente, el contralor expresó en lo concerniente a la posible existencia de responsabilidad administrativa de los directivos o empleados de la Conaf, debido a la eventual adulteración del informe al que se refirió la diputada Goic, que “no se han tenido a la vista antecedentes que permitan colegir que en la especie, se configuró dicha responsabilidad y que la determinación de los ilícitos penales corresponde a los tribunales de justicia, no obstante lo cual se hace presente a esa corporación, la necesidad de que arbitre las medidas pertinentes para evitar que en el futuro se produzcan confusiones entre las distintas versiones de un documento”.