
ENAP reconoció que sostuvo un vínculo laboral a plazo fijo, con Ángel Rojas, entre el 2 de noviembre de 2011 y el 30 de abril de 2012, lo que constituye una práctica habitual para la evaluación de nuevas contrataciones. Durante su vigencia, se dio estricto cumplimiento a la normativa laboral, ejerciéndose el legítimo derecho a no ofrecer la renovación de un contrato de plazo fijo.
Aclararon que “al contrario a lo señalado, Rojas no fue “expulsado de la localidad de Cerro Sombrero”, sino que dicho día terminó su respectivo rol de trabajo, siendo asimismo su último día de trabajo efectivo”.