
El organismo tomó la determinación luego de recibir múltiples reclamos de consumidores que se vieron afectados, principalmente referidos pérdidas y cancelación de vuelos y a largas esperas al momento de realizar el embarque.
El director del Sernac indicó que si el consumidor acepta tomar otro vuelo, la aerolínea está obligada a entregar como mínimo y sin cargo alguno las siguientes prestaciones:
Las llamadas telefónicas que el consumidor necesite realizar, comidas necesarias hasta que se embarque en el siguiente vuelo, alojamiento cuando el tiempo de espera para embarcar así lo requiera, movilización desde y hacia el aeropuerto, las prestaciones necesarias para continuar el viaje en caso de que el pasajero pierda un vuelo de conexión con reserva confirmada.