
“Con esta medida se ve beneficiada toda la Región de Magallanes y cada uno de sus habitantes”, remarcó la autoridad, explicando que “lo más importante hoy de las leyes que se han aprobado, y que ha impulsado el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, es primero que le da una estabilidad importante a la posibilidad de invertir; el hecho de que no sean revisadas año a año sino que por un tiempo largo de 20 años, permite a los inversionistas poder planificar y no tener que invertir pensando en un año. La segunda es que hay un beneficio directo hacia las pymes en la reducción de los tamaños de las empresas que pueden acceder a los beneficios de las Leyes de Excepción, y hay un beneficio también hacia la gente, al haber un mayor incentivo a la contratación de mano de obra”, remarcó Schweitzer.
Diario Oficial
La ley que establece incentivo en zonas extremas ya fue publicada en el Diario Oficial bajo el Nº 20.655.
Los principales alcances de este proyecto los dio a conocer el ministro de Hacienda (s), Julio Dittborn, quien explicó que el Ejecutivo propuso una extensión del plazo de vigencia de este beneficio hasta el año 2025, además de duplicarse los montos asignados al Fondo de Fomento y Desarrollo, superando los 2.500 millones de pesos anuales a ser distribuidos entre quienes realicen inversiones al amparo de este instrumento. Con esta medida, se abre un horizonte de 14 años de extensión de beneficios en los que se espera beneficiar a más de 7.000 proyectos de inversión en las regiones extremas durante la vigencia del beneficio.
El segundo instrumento legal que perfecciona el proyecto es la Ley N° 19.853, sobre bonificación a la contratación a la mano de obra, consistente en un pago al empleador por un monto equivalente al 17% de la remuneración bruta pagada a cada trabajador con domicilio y trabajo permanente en la región o provincia, en la parte que no supere de aproximadamente $ 186.000 (reajustable anualmente según IPC). Entre otras medidas, se extendió la vigencia de este beneficio hasta el año 2025, y se incluyen expresamente los trabajadores con jornadas parciales.
El tercer instrumento que perfecciona el proyecto de ley es el crédito tributario para las inversiones destinadas a la producción de bienes o la prestación de servicios, tanto para las regiones extremas del norte (N° 19.420 o “Ley Arica”) como para las del sur (Ley N° 19.606 o “Ley Austral”). Este crédito tributario, imputable contra el impuesto a la renta de primera categoría, varía dependiendo del tipo de inversión, monto y zona en la cual se realice.