Los reclamantes solicitaron un listado de los trabajadores, las funciones que cumplen y los sueldos que perciben por las mismas.
Oficio
“De acuerdo a lo previsto en el artículo 25 de la Ley de Transparencia y en el artículo 47 del reglamento de dicha ley, aprobado por el D.S Nº 13, de 2 de marzo de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia ha dispuesto notificar a usted (alcalde Emilio Boccazzi) en su calidad de autoridad reclamada, a fin que presente sus descargos u observaciones dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación del presente oficio, debiendo incluir los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten sus afirmaciones y acompañar todos los antecedentes y los medios de prueba que dispusiere”, señala textual el oficio, el cual está firmado por Ricardo Sanhueza Acosta, jefe de la Unidad de Análisis de Admisibilidad del consejo.
Al respecto, Arcos manifestó que mantiene la absoluta certeza que la Corporación Municipal deberá sí o sí dar a conocer los sueldos de los trabajadores, recordando que existen muchos fallos favorables relacionados en otras comunas de Chile.
Por su parte, el concejal Julián Mancilla, recordó que ya existe un fallo que determina que la Cormupa debe ser transparentada, el cual fue emitido en septiembre del año pasado y establece claramente que las remuneraciones deben darse a conocer a través de la página web de la institución.