De acuerdo al relato de la fiscal Alejandra Guevara, el hecho se perpetró el día 02 de Octubre del año 2012, en horas de la noche, cuando el acusado concurrió al domicilio de su cónyuge D. H. M., de quien se encuentra separado de hecho y con quien tiene hijas en común, acercándose a esta inmueble a menos de 200 metros de distancia sin justificación alguna, incumpliendo con ello la orden judicial de prohibición de acercamiento impuesta por el Tribunal de Familia en septiembre del año pasado, por causa de violencia intrafamiliar.
Por este hecho, el tribunal decretó una condena de sesenta y un días de reclusión menor en grado mínimo, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, la prohibición de aproximarse al domicilio de la víctima y a la misma cónyuge, por el término de seis meses, y el pago de las costas de la causa.
