Aprueban proyecto que sancionan maltrato y abandono de adultos mayores

General
25/06/2013 a las 17:32
1.648 denuncias de maltrato recibió el Senama el 2012, aumentando significativamente en comparación con el año 2011 donde hubo 962 casos, la diputada Goic, presento una iniciativa que fue aprobada, para proteger del abuso a los ancianos. Un proyecto de ley que protege jurídicamente a las personas adultas mayores desvalidas, ante el abandono y maltrato de que son víctimas, y que establece sanciones penales para estos casos, aprobó, con amplio respaldo, la Cámara de Diputados.

Sobre las sanciones, la diputada Carolina Goic explicó que “se sancionará penalmente al que abandone a un adulto mayor desvalido bajo su cuidado o protección sin prestarle asistencia o el auxilio que las circunstancias requieran. La sanción se aplicara considerando la gravedad de las lesiones o la muerte del adulto mayor, incluyendo penas de cárcel”.

La parlamentaria, integrante de la comisión especial del Adulto Mayor, señaló que la situación de abandono y maltrato de los adultos mayores es grave y creciente y que ante ello y las exigencias de los organismos internacionales, el Estado Chileno debe legislar en torno a la materia. “Hoy, tenemos un 15%de adultos mayores en el país, aproximadamente 2.500.000, y el porcentaje de vulnerabilidad es altísimo”.

Agregó la parlamentaria magallánica que “ha aumentado sosteniblemente el número de adultos mayores que han sido abandonados y que, además, se encuentran postrados. Las denuncias ante el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) fueron de 1.648, entre los años 2011 y 2012, y los últimos antecedentes indican un aumento peligroso de éstos.”

Luego Carolina Goic, señaló que “la propuesta legal modifica la ley N° 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, incluyendo dentro de los objetivos de este organismo la protección ante el maltrato a estas personas. Asimismo, se modifica el Código Penal, incorporando un nuevo artículo 351 bis, que establece que el que abandone a un adulto mayor desvalido, bajo su cuidado o protección, sin prestarle la asistencia o el auxilio que las circunstancias requieran, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de veintiún a treinta UTM”.

La diputada seguidamente informó que también se modifica el artículo 352 del mismo cuerpo legal, indicando que el que abandone a su cónyuge o a un ascendiente o descendiente, enfermo o desvalido bajo su cuidado o protección, si el abandonado sufre lesiones graves o muere a consecuencia del abandono, será castigado con presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día a diez años).

Cabe señalar que el día 15 de junio último se conmemoró el Día Internacional de la Toma de Conciencia sobre abuso, violencia y maltrato hacia el adulto mayor, clara señal de la preocupación mundial del tema.

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