
Haro recordó que “el hecho de que hoy en nuestro país el voto sea voluntario, no es impedimento ni es excusa para que se concurra a votar si se quiere”.
En este sentido, el titular regional de Trabajo explicó que aquellos que deban prestar servicios ese día, podrán ausentarse de sus labores durante dos horas para sufragar, las que deberán acordarse de común acuerdo con el empleador.
Haro agregó que los ciudadanos designados como vocales de mesa o miembros del colegio escrutador o de la junta electoral, tienen este permiso todo el día y en ambos casos, tienen derecho de recibir su remuneración íntegra.
Según la normativa de la DT –la misma que se aplicó para los comicios municipales de 2012-, tendrán derecho a descanso los trabajadores que se desempeñen en centros comerciales como el mall, que operen bajo una misma razón social, los cuales no pueden estar abiertos durante el día de la elección. Los que sí pueden funcionar son los locales comerciales administrados de forma autónoma, como supermercados, tiendas, panaderías, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados dentro de un centro comercial.
MULTAS
Según detalló Parada, las infracciones en las que incurran las empresas dependerán del número de trabajadores, las cuales varían entre los $320.000 hasta $801.000 aprox., en el caso de no conceder permiso para ir a votar, y entre $400.000 y 2.405.000 aprox., para los centros comerciales que incumplan la norma.