
La decisión del Fiscal Nacional se basa en el artículo 19 de la Ley 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, que señala que “el Fiscal Nacional podrá disponer, de oficio y de manera excepcional, que un Fiscal Regional determinado asuma la dirección de la investigación, el ejercicio de la acción penal pública y la protección de las víctimas o testigos en relación con hechos delictivos que lo hicieren necesario por su gravedad o por la complejidad de su investigación”. Asimismo, dicho marco legal establece que “cuando la necesidad de operar en varias regiones así lo exigiere”, el Fiscal Nacional podrá designar a un Fiscal Regional distinto de aquél en cuyo territorio se hubieren perpetrado los hechos.
El fiscal regional Juan Agustín Meléndez, quien cuenta con una vasta experiencia en la persecución penal de delitos sexuales, investigará al nivel nacional los posibles hechos que sean constitutivos de delito, asumirá la protección de sus víctimas y decidirá si resulta procedente agrupar las denuncias realizadas y/o las investigaciones iniciadas en las distintas regiones del país.