Aprueban proyecto que eleva salario mínimo a $ 210.000

General
01/08/2013 a las 10:06
La instancia declaró inadmisible una indicación, que proponía que el incremento salarial planteado por el Gobierno se hiciera retroactivo para la remuneración del mes de julio. El próximo lunes el proyecto será visto en la Sala de la Cámara. Por diez votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó ayer y despachó a Sala la propuesta del Ejecutivo que eleva a $210 mil el ingreso mínimo mensual.
La instancia declaró inadmisible una indicación presentada por el diputado (DC) José Miguel Ortiz, que proponía que el incremento salarial planteado por el Gobierno se hiciera retroactivo para la remuneración del mes de julio.
El próximo lunes el proyecto será visto en la Sala de la Cámara a partir de las 15.00 horas.
La nueva iniciativa, además de un reajuste nominal salarial de 8,8%, propone incrementar a contar del primer día del mes de publicación de la ley el salario mínimo de $193.000 a $210.000, lo que equivale a un alza del 8.8%, porcentaje que será aplicable también al ingreso de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años y al salario con fines no remuneracionales. Así, estos dos últimos pasan de $144.079 a $156.770 y de $124.497 a $135.463, respectivamente.
Asimismo, se plantea aumentar en un 8,8%, a contar del primer día del mes de publicación en el Diario Oficial del proyecto, tanto el subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos, como el tramo más focalizado de las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares (SUF).
Para el segundo y tercer tramo de asignación familiar y maternal, el Gobierno presenta un reajuste que contempla la variación del costo de vida.
En esta línea, se fija en $8.426 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $220.354; en $5.294 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $220.354 y no exceda de $321.851; y en $1.673 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $321.851 y no exceda de $501.978.
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $501.978 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores. Además, se indica que dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.
El subsidio familiar, se fija en $8.426 a partir del primer día del mes de publicación en el Diario Oficial del proyecto.
Históricamente, el salario mínimo se ha ido regulando periódicamente una vez al año por medio de leyes específicas. En la práctica dicha regulación se discute en el mes de junio y comienza a regir durante los primeros días de julio.
Sin embargo, este año el Gobierno decidió adelantar la discusión en tres meses, para abril, con una propuesta de reajuste a $205.000, proyecto que finalmente fue rechazado en el Congreso.
Posteriormente, el Ejecutivo insistió con un segundo proyecto que elevaba a $207.000 el ingreso básico, iniciativa legal que tampoco prosperó debido a que parlamentarios de oposición y algunos sectores de RN pedían subir el salario hasta los $210 mil. Esto finalmente llevó a que el Ministerio de Hacienda ingresara ayer un tercer proyecto de ley, que esta vez si aumenta a $ 210.000 el sueldo mínimo.
Así, por primera vez el reajuste del salario básico comenzaría a regir en agosto, un mes después de lo tradicionalmente establecido.

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