Con la resolución judicial, el SII tiene la obligación de entregar al gremio de los usuarios de la Zona Franca de Punta Arenas, agrupados en la Cámara Franca, todos los antecedentes contables que obran en su poder con los que Rentas Pacífico Sur solicitó la bonificación y, posteriormente, fue aceptada por el ente recaudador.
En el mismo fallo se hace mención a una resolución del Consejo para la Transparencia, el que se asegura que “existe un evidente interés público en acceder a la información, por tratarse de la forma de otorgar un beneficio tributario por parte del Estado”.
Según el gremio, “la concesionaria a través de esta sociedad espejo buscó cobrar la Bonificación de la Ley Austral sobre las obras que Rentas Inmobiliarias se comprometido a construir en su oferta técnica. Como concesionaria dicha empresa está impedida legalmente de optar a este beneficio tributario y por ello buscó burlar la ley, lográndolo a través de esta empresa espejo Rentas Pacífico Sur Ltda. a la que el SII le otorgó la bonificación en dos ocasiones”, explicaron desde la Cámara Franca.
“Al SII, institución que fue sorprendida por esta “sociedad espejo” le queda la tarea de investigar si se hizo o no uso de la Bonificación Austral y si la escritura de fusión y reabsorción le permite a la Concesionaria acceder a dicha Bonificación. También el SII como servicio fiscalizador y el intendente Mauricio Peña y Lillo en su labor de fiscalización de la concesión, deben investigar si cuando Rentas Pacífico Sur Ltda. le cobró a los usuarios los arrendamientos de las bodegas con IVA, se vulneró o no el artículo 23 de la Ley de Zona Franca, que señala que las operaciones de los usuarios dentro del recinto franco están exentas de dicho tributo”, cuestionó el gremio.