
El tribunal les absolvió, sin embargo, del delito de colaboración con organización terrorista al entender que la intención del “chivatazo” no pretendía “favorecer una actuación puntual” de ETA sino “no entorpecer” el proceso de diálogo iniciado por el gobierno del ex Presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero con el grupo armado.
La sentencia considera que uno de los condenados, la “máxima autoridad policial” del País Vasco, realizó la filtración al dueño del bar Faisán, situado cerca de la frontera con Francia y considerado centro de recaudación de la banda, e impidió el arresto de colaboradores de ETA.
El documento acredita que lo hizo con la “colaboración imprescindible” de Ballesteros.