Asimismo, el Barómetro Internacional de la Corrupción, realizado por la Organización de Transparencia Internacional en 2010, que evalúa con nota 3.6 el nivel de corrupción en el aparato público chileno.
Si bien lo anterior puede tener una serie de explicaciones políticas y sociológicas, sostienen los legisladores, contribuye a dicha situación el que según cifras del Ministerio Público, entre 2010 y 2012 la mayoría de las indagaciones por casos de corrupción terminaron en el archivo provisional: 1.734 de los casos investigados y 1.249 en suspensión condicional.
Por ello “se hace urgente y necesario que desde el Congreso Nacional demos una fuerte señal de transparencia, legislando en el sentido de establecer fuertes sanciones penales que contemplen la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, a quienes, siendo elegidos por voluntad popular, ya sea Presidente de la República, parlamentarios, alcaldes, consejeros regionales o concejales, hayan abusado de sus cargos cometiendo actos de corrupción”, declaran los parlamentarios.
Por ello, el proyecto modifica el Código Penal, aumentando las sanciones a los empleados públicos elegidos por voluntad popular que en el ejercicio de sus cargos hayan cometido alguno de los delitos contemplados en el Título V del Código Penal.
De este modo, se establece que a los actos de corrupción cometidos por estas autoridades se les aplicará la pena contemplada para el delito en su grado máximo, y la pena accesoria de inhabilidad para el ejercicio de cargos públicos.