
Ante esta situación, Odecu pide que se condene a Hábitat al pago de la multa máxima que legalmente proceda aplicar –multa a beneficio fiscal–, además de la devolución de lo pagado por concepto de comisión de administración por cada uno de los consumidores afectados, con reajuste e intereses.
Odecu además exige que la demandada realice el pago de indemnizaciones o reparaciones, según el juez considere pertinente, y se determine el monto de éstas a favor de cada consumidor, grupo o subgrupo.
“Una vez más nos encontramos con este tipo de casos en que las instituciones quieren pasar por sobre la ley. Que de una vez por todas quede claro que el silencio no constituye aceptación en los actos de consumo”, sostuvo el presidente de Odecu, Stefan Larenas.
Según cálculos de Odecu resultaron afectados todos los consumidores que mantenían Cuentas de Ahorro Voluntario con AFP Hábitat, antes de enero de 2009, fecha en la que la administradora de fondos modificó el contrato de adhesión de los afiliados a dicha cuenta, incorporando una cláusula que obligaba a estos a pagar.