Seremi Haro y Dirección Regional del Trabajo reiteran normativa laboral que regirá para segunda vuelta presidencial

General
11/12/2013 a las 13:03
Las multas para los empleadores que no otorguen el permiso para votar irán desde los $325.848 hasta los $814.620, según el número de trabajadores que la empresa tenga. El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Víctor Haro, junto al Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada, reiteraron, los derechos de los trabajadores durante el día del balotaje presidencial, que se efectuarán el próximo domingo 15 de diciembre.

PERMISOS Y LLAMADO A VOTAR
“Solicitamos a todos los empleadores colaborar con este proceso democrático para nuestro país, respetando las normas que la ley indica. Sabemos que Magallanes tiene una cultura cívica de cumplir con la ley y estamos confiados en que así será. Sin embargo, nuestro deber explicar, aclarar dudas y difundir como operará la normativa legal durante estos comicios de segunda vuelta”, precisó el Seremi Haro.
Haro también aprovechó la ocasión de hacer un llamado a “votar y no quedarse en la casa, pues es relevante que la ciudadanía se exprese en las urnas y no dejar que otros decidan por uno”.
Las autoridades regionales del Trabajo reiteraron la normativa laboral que regirá para esta segunda vuelta asegurando que la Dirección del Trabajo fiscalizará en toda la región las disposiciones que favorezcan la concurrencia de los trabajadores a sufragar en el balotaje.
Según Parada, los empleadores que no concedan el permiso, las multas irán desde los $325.848 hasta los $814.620, las que varían de acuerdo al número de trabajadores que tenga la empresa.
“La ley indica que todos los trabajadores que deben trabajar el fin de semana tienen derecho hasta dos horas para concurrir a votar, en un horario que ellos acuerden con sus empleadores. Dichas horas no pueden ser descontadas de las remuneraciones de sus trabajadores”, explicó el Director Regional (S) del Trabajo.
Las autoridades del Trabajo además señalaron que aquellos trabajadores y trabajadoras designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, se les tendrá que otorgar todos los permisos y facilidades que necesiten para cumplir con tal función, sin que por ello se les realicen descuentos en sus remuneraciones.
“Quien aplique descuentos de los trabajadores y trabajadoras designados para cumplir funciones electorales serán multados con las siguientes montos en UTM: 9 ($366.579), 30 ($1.221.930) y 40 (1.629.240), dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 ó 200 y más trabajadores, respectivamente.

FERIADO OBLIGATORIO E IRRENUNCIABLE
El domingo 15 de diciembre los trabajadores de malls, centros comerciales, administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, no deben trabajar, atendido a que ese día es feriado obligatorio e irrenunciable.
Este descanso empieza a más tardar a las 21:00 horas del sábado 14 y termina a las 06:00 horas del lunes 16, salvo que los dependientes estén afectos a turnos rotativos de trabajo. En ese caso se puede trabajar entre las 21:00 y las 24:00 horas del sábado o entre las 00:00 y las 06:00 del lunes 16 de diciembre.
Las multas para los empleadores que no otorguen el feriado son: en empresas con entre 1 y 49 trabajadores: 10 UTM ($407.310); en empresas con entre 50 y 199 trabajadores: 40 UTM ($1.629.240); en empresas con entre 200 y más trabajadores: 60 UTM ($2.443.860). Todas las multas son por empresa, no por trabajador en infracción.
El Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada, aclaró que se trata de una norma distinta a los feriados obligatorios e irrenunciables de los trabajadores del comercio del 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre.
“Esta norma es completamente diferente, que se refiere a centros comerciales que tengan una administración común. Estamos hablando de los malls, que deberán estar cerrados con toda su estructura; es decir, no pueden abrir los cines ni patios de comida que están dentro. Así es que todos los locales que no están en un mall pueden abrir”, aclaró Parada.
Haro y Parada agregaron que tal como en otras oportunidades, Magallanes tiene una tradición de respeto por estas normas, no obstante, “habrá una fuerte fiscalización para su cumplimiento, pese a que estamos confiados en la buena voluntad de los comerciantes de la región”.
En el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl habrá un banner donde podrán ingresarse denuncias y también estará disponible el call center 600 450 4000 y los teléfonos celulares locales 68 32 18 43 y 93 21 03 67. En el mismo sitio web estará disponible toda la información normativa al respecto.

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