Cotizaciones serán obligatorias para trabajadores a honorarios

General
05/02/2014 a las 10:32
450 mil independientes podrían sumarse a los beneficios de la operación renta. “... los trabajadores a honorarios podrán acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes”, explicó el ministro del Trabajo (s), Augusto Iglesias. El ministro (s) del Trabajo y Previsión Social, Augusto Iglesias Palau, informó ayer a distintos trabajadores a honorarios los beneficios de ser cotizante y comentó detalles de cómo se está implementando el sistema de cotizaciones obligatorias.
Iglesias explicó que quienes emitan boletas a honorarios estarán obligados a realizar cotizaciones previsionales, siempre que su renta imponible supere un Ingreso Mínimo, proceso que se está implementando de manera gradual desde el año 2012.
La autoridad de Gobierno aseguró que “a medida que se vaya implementando este sistema, los trabajadores a honorarios podrán acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes. Hay un beneficio y un costo asociado, pero a cambio de algo; protección, seguridad laboral, pensiones de vejez e invalidez, y en caso de fallecimiento, pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios”. El ministro (s), agregó que “como Gobierno nos preocupa el porvenir de los chilenos, y estamos seguros de que siempre que ellos coticen, podrán acceder a una mejor calidad de vida a futuro”.
Iglesias señaló que según los últimos datos que maneja la Subsecretaria de Previsión Social, 309.836 trabajadores a honorarios decidieron cotizar en la operación renta 2013. “El resultado del año 2013 fue extraordinariamente exitoso. Hay que recordar que antes de la operación renta de 2013, estaban cotizando alrededor de 100 mil trabajadores independientes a honorarios. Después, esa cifra subió a 310 mil. En realidad, ni la más optimista de las proyecciones que teníamos, suponíamos que iba a llegar a esa cantidad de gente. Ojalá ese número se repita ahora y más se incorporen”, dijo Iglesias.
El sistema se comenzó a aplicar paulatinamente el año 2012, con la obligación a cotizar para pensión y accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, respecto al 40% de la renta imponible anual, salvo que el trabajador manifestara su decisión de no hacerlo.
Este 2014 quienes emiten boletas a honorarios estarán obligados a cotizar para pensión y accidentes del Trabajo, respecto al 100% de su renta imponible, pudiendo renunciar sólo si lo manifiestan expresamente al Servicio de Impuestos Internos (SII).
Desde 2015 en adelante, se mantienen las condiciones de 2014, pero se suma la imposibilidad de renunciar a ello, dejando sólo a un lado el ítem salud, el cual será obligatorio a partir del 2018.
Ante cualquier duda, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social dispone de una central telefónica donde se responden todo tipo de dudas relacionadas con las cotizaciones. Se puede llamar al 600 444 4100 o visitar www.previsionsocial.gob.cl, o www.ips.gob.cl.

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