Comunicó que el dictamen Nº 61.201/2012, en lo sustancial, señaló que: “las bases y el contrato de concesión -en armonía con aquellas-, contemplan la posibilidad de que la mencionada Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitada pueda variar la estructura y/o niveles tarifarios de los servicios que preste con la periodicidad señalada, por lo cual el reglamento interno de operación se encuentra ajustado a derecho”.
Explican que “la respuesta del ente contralor a esta reconsideración fue entonces la de rechazarla, desestimándose así las reclamaciones del Sr. Buvinic y de la Cámara Franca – quien no presentó antecedentes nuevos a esta instancia- y ratificando el pronunciamiento anterior”.
Agrega que “la respuesta de la Contraloría claramente despeja, además, que las tarifas consideradas en el reglamento interno de operación (RIO) se encuentran absolutamente ajustadas al contrato y a las bases de licitación de la Zona Franca de Punta Arenas”.
Comunican que además Contraloría, en su dictamen, señala que “el régimen jurídico que rige la Zona Franca de Punta Arenas le impone a la sociedad adjudicataria de su administración y explotación, la obligación de fijar la estructura y niveles tarifarios de los servicios que preste, información que debe contenerse en el reglamento interno de operaciones que aquella debe dictar” y que se “le confiere a dicha entidad (la concesionaria) la facultad para modificar el precitado instrumento y los demás aspectos indicados, lo que debe comunicar anticipadamente a la intendencia regional”.
El informe, concluye señalando que “no advierte irregularidad en que el artículo 126 del reglamento interno de operaciones dictado por la Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitada precise que las tarifas establecidas en él regirán por un plazo mínimo de cuatro años y se reajustarán trimestralmente en la forma que indica, añadiendo que “transcurrido el plazo de cuatro años de vigencia de estas tarifas, la sociedad administradora determinará, conforme a sus facultades establecidas en su contrato de concesión, si mantenerlas o modificarlas”.
Discusión zanjada
Rentas Inmobiliarias asegura que con lo anterior “la discusión tarifaria entre la concesionaria y los usuarios de la Zona Franca queda absolutamente despejada y clarificada, ratificándose así el actuar conforme a derecho, las bases y el contrato de SRI por lo que este tema no debería ser más motivo de discordia o preocupación por parte de los usuarios”.
Finalmente, SRI reiteró su disposición a continuar trabajando con la intendencia de la Región de Magallanes y los usuarios de la Zona Franca en la implementación de todas las medidas que sean necesarias para un adecuado funcionamiento de la concesión, invitando a todos a sumarse de manera constructiva a esta labor para así tener una mejor Zona Franca para la región y acorde a las necesidades de los magallánicos.