
Al respecto, la Directora Regional manifestó que “la autorización normativa es otorgada al establecimiento educacional en su totalidad; no por niveles de atención. Es más rígida porque si dejara de cumplirse la normativa, la JUNJI tendrá el derecho de revocarla, en cualquier momento, y no podrán obtenerla nuevamente antes de 6 meses trascurridos desde la fecha en que se dictó la resolución exenta de revocación”.
Paula Vidal añadió que se revocará la autorización, “si en una fiscalización se alcanza un nivel de cumplimiento insuficiente o bajo, o si presentan condiciones que involucren un riesgo para la integridad física o psicológica de los niños y niñas que atiende”.
Todos los establecimientos administrados directamente por JUNJI y aquéllos que funcionan vía transferencia de fondos tienen la obligación de someterse a una fiscalización para acceder a la autorización normativa.
Asimismo, será obligatorio contar con la autorización normativa, en el caso de los establecimientos particulares que celebren convenios para ofrecer el servicio de salas cuna a empresas (Artículo 203 del Código del Trabajo).
Requisitos para obtener la autorización normativa
Por su parte, la Fiscalizadora Johanna Navarrete destacó que “para recibir la autorización normativa es imperativo lograr un nivel de cumplimiento medio o alto en la nueva pauta digital de fiscalización de la JUNJI, según lo establecido en la Guía de funcionamiento para establecimientos de educación parvularia”.
Añadió que entre las exigencias están que el propietario, ya sea el representante legal o el administrador de la entidad propietaria, no puede haber sido condenado por crimen o simple delito del tráfico ilícito de estupefacientes o por violencia intrafamiliar; ni estar inhabilitado para trabajar con niños y niñas (Registro de Pedófilos en http://www.registrocivil.cl ); como tampoco puede haber sido condenado a inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Lo mismo se replica con el resto del personal que trabaja en el establecimiento, que además debe ser suficiente e idóneo, acreditándose mediante el certificado de título del personal al momento de la fiscalización.
El local debe cumplir con el certificado de recepción final de obras y planos aprobados por la Dirección de Obras Municipales; tiene que disponer del mobiliario y equipamiento mínimo, según las especificaciones de la norma técnica de JUNJI; contar con un proyecto educativo; poseer y aplicar un Reglamento Interno, que incorporará políticas de prevención, medidas pedagógicas y protocolos de actuación ante faltas a la seguridad de los niños y a la buena convivencia, tales como abuso sexual y maltrato infantil.
Además, deben contar con estrategias de prevención y protocolos de actuación frente a situaciones que constituyan una falta a la seguridad e integridad de los niños y niñas, tales como: estrategias de prevención y protocolos en caso de abuso sexual y maltrato infantil, plan de evacuación y emergencias, entre otros.