La nación ibérica quiere enmendar un “error histórico” y dar la ciudadanía a descendientes de judíos sefardíes. El Gobierno español publicó una lista de 5 mil 220 apellidos y nombres de judíos sefardíes que luego de más de 500 años, no fueron reconocidos por su origen.
Hace algunos días atrás, el Parlamento comenzó el análisis para devolver la ciudadanía a los descendientes de los judíos expulsados en 1492. Es decir, quienes acrediten tener dichos apellidos vivan o no en España, podrán acreditar su doble nacionalidad, según informa El País.
El artículo 23 del Código Civil se modificará para beneficiar a “aquellos ciudadanos extranjeros sefardíes que prueben dicha condición y su especial vinculación con nuestro país, aunque no tengan residencia legal en España, cualquiera sea su ideología, religión o creencia”, señala.
Se les reconocerá el derecho a la doble nacionalidad y no tendrán que renunciar a otro pasaporte, explica.
Habrá un debate, pero se prevé que el Parlamento aprobará la ley en unos meses y con muy poca oposición pues el tema no suscita rechazos. “Si han esperado 522 años pueden aguardar unos meses más”, dijo a la televisión española el periodista israelí Yaron London.
Requisitos alternativos
Es tal el entusiasmo que se generó en el mundo la difusión de listas con apellidos que podrían lograr la nacionalidad española, que la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) y fuentes consulares españolas salieron a calmar los ánimos diciendo que la iniciativa es apenas un anteproyecto y que se debe esperar hasta que sea aprobado de manera definitiva por el Parlamento español.
Aunque tanto las autoridades españolas como la federación judía han solicitado paciencia y calma a los interesados, el diario El País publicó una lista de cinco requisitos alternativos que el anteproyecto de ley establece como suficientes para conceder la nacionalidad española a los sefardíes:
1.- Un certificado de la autoridad rabínica competente, reconocida legalmente en el país de la residencia habitual.
2.- Apellidos del interesado o el idioma familiar (ladino).
3.- Un certificado de la Federación de Comunidades Judías de España en el que se acredite que el interesado es sefardí.
4.- La inclusión del peticionario o su descendencia directa en las listas de familias sefardíes protegidas por España.
5.- La vinculación o parentesco del solicitante con una persona o familia de las mencionadas en el apartado anterior.
Si su apellido aparece en la lista, usted puede consultar en la siguiente página web: http://www.parainmigrantes.info/listado-de-apellidos-sefardies-para-la-nacionalidad-espanola-958/.
¿Quiénes son los sefardíes?
Son los descendientes de los judíos hispano-portugueses que vivieron en la península ibérica (España y Portugal) hasta 1492. Ese año y a pocos meses después de la toma de Granada, los Reyes Católicos publicaron un decreto que daba a los judíos un plazo de cuatro meses para convertirse al cristianismo o abandonar sus reinos.
Según el diario ABC, El judaísmo tiene dos grupos étnicos mayoritarios, el formado por los asquenazíes, procedente de Europa central y oriental, y los sefardíes, que son los que hunden sus raíces en la Península Ibérica. A estos últimos los caracterizan el ladino, el castellano medieval que han transmitido de generación en generación durante más de medio milenio, y algunas prácticas especiales en el rito y en el rezo.