
María Isabel Sánchez, indicó que hay muchas personas que en estas fechas tienen que cumplir de igual forma su labor. “Este feriado está por ley y tienen derecho a descansar los 18 y 19 de septiembre”, enfatizó. Mi deseo es que la gente disfrute en familia y de manera responsable”, enfatizó la autoridad.
La Ley 20.215 precisa que se exceptuarán los que prestan funciones en clubes, restaurantes, establecimientos de entretención, tales como cine, discotecas, pubs, cabarets, y casinos. La norma tampoco se aplica a los dependientes de expendio de combustibles y a las farmacias que deban cumplir turnos.
Por su parte, Ernesto Sepúlveda, explicó que los establecimientos sólo podrán estar abiertos si son atendidos por sus propios dueños. De esta forma no tendrán ningún problema. Tratándose de supermercados, deberán tomarse las precauciones del caso, de manera que se cierre con anticipación, debido a que el descanso del 18 de septiembre se inicia a las 21.00 horas del día anterior.
El no cumplimiento de la norma será sancionada con una multa administrativa, cuyo monto podrá fluctuar entre una y 20 UTM, en el caso de los trabajadores de casa particular. Tratándose de trabajadores del comercio, las infracciones que se constaten serán sancionadas con multa a beneficio fiscal de cinco UTM por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores. Si la cantidad de contratados es de 50 o más, la multa sube a 10 UTM y 20 UTM cuando en la empresa existen 200 o más trabajadores.