
En lo fundamental, la iniciativa incorpora al Código Procesal Penal, la obligación de las empresas de transporte marítimo terrestre o aéreo, que sirvan a rutas nacionales, de entregar a la policía de Investigaciones y a Carabineros de Chile los listados de los pasajeros que le sean requeridos por alguna de estas instituciones, sin requerirse para ello orden del Fiscal ni menos autorización del juez de garantía.
El objetivo de lo anterior, es poder controlar el cumplimiento de las medidas cautelares como la libertad vigilada o la prohibición de acercarse a una determinada persona.