
Sucesivas ordenanzas fueron postergando su puesta en vigencia, pero esa suspensión en la aplicación culminará el 31 de diciembre de 2009, con lo cual a partir de esa fecha regirá la prohibición del uso de bolsas plásticas, establecido en el artículo 1° de la Ordenanza 3205/06.
A partir del 2010 todo biodegradable
El artículo 1° de la ordenanza establece que se prohíbe “la provisión gratuita al público en todo local comercial ubicado dentro del Ejido Urbano de la ciudad de Ushuaia, de bolsas o recipientes de polietileno o material no biodegradable”.
La única excepción que reconoce la norma son las “bolsas o recipientes que se utilicen para elementos perecederos tales como productos cárnicos, frutas o legumbres”.
También se expresa que en el caso de que los titulares de los locales no respeten la ordenanza, con independencia de las inspecciones que realice la autoridad de aplicación, “cualquier persona podrá hacer las denuncias ante el área técnica municipal, para su remisión al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas”.