
El fallo, redactado por el ministro Hugo Faúndez, rechazó las causales del recurso de nulidad del abogado defensor José Miguel Navarrete, quien solicitaba la anulación de la sentencia del 14 de octubre que elevó a diez años de presidio la pena de cinco años que inicialmente solicitó la fiscalía.
El día en que se dio a conocer el veredicto condenatorio no se pidió la prisión preventiva y cuando se leyó la sentencia, Cárdenas no concurrió al tribunal, así que ahora, una vez que el dictamen judicial quede ejecutoriado, deberá presentarse voluntariamente al tribunal para que comience a cumplir la pena. De lo contrario, lo más seguro es que los jueces despachen una orden de detención.