Corte no le permitió esperar el juicio en libertad

General
29/01/2010 a las 08:20
Por la sola “gravedad de la pena asignada al delito” y “el carácter del mismo”, los ministros de la Corte de Apelaciones revocaron ayer la libertad que el juez Juan Olivares había otorgado el día anterior a una persona acusada del delito de violación, en contra de una joven que al día de los hechos denunciados tenía 17 años...  (estaba a dos meses de cumplir la mayoría de edad).
El Tribunal de Alzada puso en tabla, en la primera audiencia de ayer, la apelación de la resolución que adoptó el magistrado de Garantía. La decisión judicial no fue compartida por quien es hoy el fiscal regional. Por eso, Juan Agustín Meléndez concurrió personalmente a “alegar” la causa. Es la primera vez, desde que asumió su nuevo cargo, que llega a este tribunal una diligencia de este tipo. Además, lo hizo porque conoce muy bien el caso, dado que lo inició en septiembre del año pasado, cuando envió al imputado a cumplir prisión preventiva. Desde ese tiempo, y con lo resuelto ayer, esta es la cuarta vez que el detenido ve frustrados sus anhelos de recuperar la libertad.
Los hechos que dieron pie a esta investigación surgen a partir de la denuncia de la tutora de la niña, una joven que participaba de un Programa de Residencia Familiar, y esposa del acusado. En la madrugada del 12 de septiembre, la mujer no estaba en casa y, por los antecedentes de la investigación, la joven compartió unos tragos con el inculpado. Por lo ocurrido posteriormente, ella lo acusa de violación; sin embargo, él lo desmiente categóricamente. Desde un principio siempre confesó que tuvo relaciones sexuales con la niña, pero insiste en que fueron consentidas y jamás a la fuerza.
La fiscalía cerró la investigación y ya presentó acusación, pidiendo cinco años de cárcel para el acusado.
Desde este punto de vista Juan Meléndez compartió la resolución de la Corte de Apelaciones, “porque entendemos que estamos frente a un delito de mucha gravedad y que los razonamientos del juez de Garantía no eran los que nosotros entendíamos que se requerían para revocar una medida tan gravosa como la prisión preventiva”.
El que no compartió los argumentos del máximo tribunal fue el abogado defensor, Jaime Obando, quien sostiene que “la Corte solamente se basa en que el delito tiene una pena de crimen y por eso decidieron mantener la prisión preventiva. Esto no lo compartimos, porque lo que se debe valorar en este tipo de casos es si existe un peligro para la seguridad de la sociedad, o de que se vuelvan a producir estos hechos. Cosa que no es así, menos aún tomando en cuenta las contradicciones de la propia víctima y la denunciante que a nuestro juicio esfuman la posibilidad de un delito de violación”.

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