
Durante esta semana, el parlamentario conversó con autoridades del Ministerio de Energía, y también le envío una carta al contralor general de la República, Ramiro Mendoza, para conocer su postura respecto a este tema.
Parte de la misiva señala que “cabe preguntarse qué ocurre con la ley 9.618 que crea la ENAP, como una empresa dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción, una entidad comercial con personalidad jurídica que se rige únicamente por la presente ley y por los estatutos que, a propuesta del consejo de dicha Corporación, se aprueben por decreto del Presidente de la República”.
Agrega que “el artículo 3 de dicha ley establece que la empresa será administrada por un directorio que se compone entre otras personas por el ministerio de Minería que lo presidirá por derecho propio. La nueva cartera posee como competencia, como vimos, sobre todas las actividades de estudio, exploración, explotación, generación, transmisión, transporte, almacenamiento, distribución, importación y exportación, y cualquiera otra que concierna al gas y al petróleo”.
Según el parlamentario “la duda Interpretativa es si en virtud de la disposición del articulo 15 de la ley 20.042 y las competencias otorgadas en el tema gas y petróleo desde ahora la integración y presidencia del directorio de ENAP corresponde ahora al Ministerio de Energía”.