
El parlamentario explicó que “hay una situación que amerita una especial y urgente reforma y que dice relación con aquellas personas que reciben una pensión de sobrevivencia adicional a la ayuda que perciben mensualmente”.
Dijo que “a este beneficio tienen derecho las personas que son componentes del grupo familiar causante, entendiéndose por tal, él o la cónyuge sobreviviente, los hijos del causante, la madre o el padre del hijo de filiación no matrimonial de causante, y a la falta de éstos, los padres si a la fecha del fallecimiento eran causantes de asignación familiar”.