
Por medio de este fondo, que nace según lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley Indígena 19.253, la Conadi ha desarrollado una serie de instrumentos tendientes a satisfacer las demandas asociadas a los recursos de tierra y agua, elementos vitales para impulsar las políticas de desarrollo socio productivo y cultural de la población indígena. Este subsidio establece mecanismos transparentes y objetivos para su entrega, asignándose en base a un sistema de puntajes establecidos en la ley, lo que permite a los postulantes conocer de antemano las reglas que se le aplican. A este beneficio pueden postular todas las personas naturales indígenas, mayores de edad, sin importar su estado civil, y también pueden hacerlo comunidades indígenas o parte de comunidades, constituidas según la Ley 19.253.