
Los hechos por los cuales el acusado fue condenado se remontan a octubre del año pasado, en circunstancias que la hijastra, de tan sólo seis años de edad, se encontraba en su domicilio (en la ciudad de Porvenir) en compañía del acusado, conviviente de la madre de la menor, y aprovechando el acusado que estaba a solas con la niña procedió al interior del dormitorio a efectuarle tocaciones en todo el cuerpo, en especial la vagina y glúteos, “hechos que afectaron a la menor y que atentaron contra su indemnidad sexual”, según la acusación fiscal.
Unánime fue la votación de los jueces que le creyeron a la niña y terminaron condenando a J.H.S.P., “como autor del delito consumado de abuso sexual”. También acogieron la versión de varios testigos y la perito Carolina Astudillo. La defensa, representada por Ramón Bórquez, igual presentó pruebas, como la declaración del propio acusado además de otros testimonios, y una grabación telefónica donde la niña decía algo así como que le habían dicho que acusara al padrastro.
Pero a los jueces no les pareció convincente, a diferencia de los medios probatorios que presentó la fiscalía, que llevaron a los magistrados Pablo Miño, Luis Álvarez y Fabio Jordán a dictar veredicto condenatorio.
La sentencia se conocerá el próximo martes 31, a las 17.30 horas.