A través del dictamen N° 8913N20, la Contraloría General de la República dio curso a los documentos que otorgan concesiones de acuicultura en la Reserva Nacional Kawésqar.
En el resumen, se detalla que esta determinación fue adoptada respecto de lo que señala el artículo 158 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que permite el desarrollo de la actividad de acuicultura en reservas nacionales como la de la especie.
Cabe resaltar que para concretar esta autorización, se debe tener presente que en conformidad con lo manifestado en el dictamen N° 83.278, de 2016, la creación de las reservas nacionales y forestales apuntan a la consecución de objetivos de conservación y protección ambiental, por lo que el desarrollo de la actividad de acuicultura en las zonas marítimas que forman parte en estas áreas, únicamente puede ser autorizado en la medida que tal actividad resulte compatible con los fines ambientales en cuya virtud esos espacios se encuentran bajo protección oficial, para lo cual debe tenerse en consideración, lo establecido en los cuerpos normativos que regulan aquellas reservas, en el acto administrativo que las crea y en el respectivo plan de manejo.
Bajo este tenor, se estableció que corresponde señalar que las referidas concesiones deberán adecuarse en sus condiciones de funcionamiento y operación, al plan de manejo que se dicte, el que contendrá las acciones concretas para hacer efectiva la protección y conservación del área.