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Columna de opinión

Igualdad, inclusión y Nueva Constitución

opinion
03/05/2021 a las 16:28
Pinguino Web 2
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Javiera Morales, Profesora derecho constitucional candidata a convención constitucional

La igualdad es un principio que ha inspirado a nuestras constituciones desde el inicio de nuestra historia republicana. De una u otra forma ha estado presente en casi todas nuestras Cartas Fundamentales. La Constitución actual no es la excepción, tanto así que su primer artículo sostiene que “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Sin embargo, pareciera que no hemos podido convertir esta frase en realidad, ya que la inequidad es una de las demandas más urgentes en nuestro país. ¿Qué es lo que nos impide avanzar en mayor inclusión e igualdad de oportunidades para todos y todas? En esta columna entrego algunas propuestas desde una mirada constitucional.

En primer lugar, es importante tener presente que la igualdad como principio constitucional, se traduce en una sociedad inclusiva, una en que ‘no se deja a nadie atrás’ y, por lo tanto, en la que se generan oportunidades para todos y todas, independiente del sexo, raza, nacionalidad, o la presencia de algún grado de discapacidad. Es un enorme desafío, que día a día enfrentan todos los países. Los países más exitosos son aquellos que transitan una vía ya bastante conocida: políticas públicas redistributivas y con enfoque de derechos. Enfocándose en áreas como la salud, la educación y el espacio laboral, ya que estás tienen el potencial de agravar las diferencias o “nivelar la cancha”. En jerga constitucional esto se conoce como derechos económicos, sociales y culturales. Sin lugar ha dudas nuestro país en esta materia está al debe, por ello la Nueva Constitución es la oportunidad para avanzar hacia una educación inclusiva, un sistema de salud universal y en el fortalecimiento de los demás derechos sociales.

En segundo lugar, requerimos incluir en la Nueva Constitución un principio de igualdad sustancial, “de verdad”, que deje atrás la actual concepción meramente formal que solo prohíbe discriminar, pero que no se hace cargo de las desigualdades que ya existen en nuestra sociedad. En otras palabras, exigir un trato igual cuando existen desigualdades de base, es tapar el sol con la mano, manteniendo las desigualdades existentes. La propuesta es avanzar hacia un principio de igualdad sustancial que habilite al Estado para adoptar medidas diferenciadoras que permitan a quienes se encuentran en una posición desventajosa contar con iguales oportunidades que los demás. El desafío es grande, pero el proceso constituyente ya nos entrega ciertas luces al incluir la paridad en su conformación y establecer una cuota obligatoria en las listas para personas con discapacidad.

Como ya hemos señalado en otras columnas, no basta con la mera inclusión de principios y derechos en la Constitución para que automáticamente estos se hagan realidad en nuestra sociedad. Sin duda requerirá tiempo y políticas públicas que vayan generando las tan urgentes transformaciones que muchos demandamos. Pero también es cierto que la Nueva Constitución tiene mucho que decir a este respecto, y que jugará un rol esencial para la construcción de un Chile más justo e igualitario.

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