Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de amparo que buscaba paralizar el traslado de Omar Medina Jerez al Complejo Penitenciario de Puerto Montt. “Las sanciones aplicadas al amparado se encuentran debidamente fundadas”, fallaron los ministros.
El joven cumple con prisión preventiva desde mediados de mayo por el millonario atraco a las joyerías de la Zona Franca. En agosto, él y otros reos del módulo C iniciaron una huelga de hambre en contra de sus procedimientos judiciales.
Formalizado por robo con intimidación, Medina Jerez protestó porque considera que cometió un robo en lugar no habitado, que contempla penas más bajas.
El 23 de agosto Gendarmería lo sancionó a 15 días sin visitas por autolesionarse con un arma blanca. El 6 de septiembre lo castigaron nuevamente por insultos y amenazas contra un gendarme. Dos días después de la sanción habría golpeado a un funcionario y la institución solicitó su traslado a la cárcel de Puerto Montt.
El Juzgado de Garantía de Punta Arenas autorizó el cambio de recinto penal, pero sus familiares paralizaron el procedimiento con un recurso de amparo. Según la acción, el joven no tiene familiares ni conocidos en la Región de Los Lagos. Además, argumentan que Gendarmería se ensañó con el amparado y su hermano, que también está procesado por el robo en Zona Franca.
La sala compuesta por los ministros Marcos Kusanovic, Víctor Stenger y la abogada integrante Sonia Zuvanich analizó el recurso. A su juicio, la decisión de Gendarmería se ajusta a las reglas penitenciarias, por lo que rechazaron la acción.
“No concurre en la especie ilegalidad o arbitrariedad alguna que deba ser reparada por esta Corte”, sentenciaron.