Estos días se reactivó una vieja discusión sobre los quórum para modificar la Constitución. Un dilema desde mayoría simple a quórum supramayoritarios. Un debate que enfrenta las visiones que bogan por una estabilidad política-normativa en donde una mayoría relativa no vulnere a las minorías versus la tesis en que las minorías con escasa representación no puedan ejercer un poder de veto a través de los quórum supramayoritarios. Recordando una antigua discusión con mi amigo Óscar Riquelme (QEPD), debo declarar que siempre he sido partidario de los quórum para materias que busquen estabilidad democrática y constitucional, y ello no implica desconocer el valor democrático de la mayoría. Por cierto, el quórum supramayoritario de 2/3 es excesivo y solo busca que nada cambie, pero de igual forma un quórum simple podría provocar un constante cambio e inestabilidad sujeta a los gobiernos de turno o la moda electoral imperante.
El día viernes 3 de junio este debate volverá a tener protagonismo en la Convención Constituyente, ya que el pleno rechazó la propuesta sobre reforma constitucional proveniente de la Comisión de Sistema de Justicia que establecía un quórum de 4/7 en el Congreso. Lo anterior ha sido visto con preocupación por los convencionales, ya que entrega la posibilidad al actual Congreso de modificar la nueva Constitución antes que esta entre en vigencia solo con mayoría simple. En este escenario algunos convencionales han levantado la propuesta para que la Constitución solo pueda ser modificada con un quórum de 2/3 del Congreso hasta marzo de 2026, la cual deberá votarse en el pleno este viernes, generando una ola de criticas y rechazo.
La propuesta de quórum para modificar la Constitución en el periodo de transición de los convencionales hasta ahora no cuenta con el apoyo del Gobierno ni de los partidos oficialistas, pero tanto los socialistas como los comunistas han expresado que tampoco son partidarios del quórum simple. Motivos hay muchos para ello y parto por lo obvio. El quórum de 2/3 ha sido en democracia un candado impuesto por la dictadura que ha impedido las transformaciones que requiere el país. Lo que condenamos y rechazamos antes lo reiteramos ahora. Sin embargo, persiste el problema de la profunda desconfianza de la ciudadanía hacia el actual Congreso, lo cual sumado a la defensa corporativa de este en materias reformadas o abolidas por la propuesta de nueva Constitución, entregan una duda razonable para creer que podrían proponer modificaciones a su conveniencia. Como dijo el convencional Adolfo Millabur, sería “mandar a cuidar el zorro a las gallinas”. Los que defendemos lo obrado por los convencionales no queremos que el Congreso modifique las nuevas instituciones antes de su instalación. Lo ideal sería que el actual Congreso tenga facultades para legislar sobre la nueva Constitución solo en materias de implementación.
¿Por qué permitir que un Congreso interesado a través de votaciones con exigencias menores tenga la facultad de modificar la Constitución redactada con quórum de 2/3? No es justo y no es democrático, y además es desconocer el trabajo de los 155 convencionales electos para ello. Al parecer solo es otra estrategia más de resistencia a los cambios y transformaciones que los ciudadanos exigen. Dar la posibilidad en la etapa de transición de modificar la nueva Constitución sería desconocer la voluntad popular expresada en dos plebiscitos (esperemos sea así). Por tanto, nuestra respuesta debe ser construir una amplia mayoría por el Apruebo, una mayoría que proteja nuestra nueva Constitución.