En la Corte Suprema, el abogado Guillermo Ibacache Carrasco espera anular la sentencia de 30 años de cárcel que recibió su defendido el pasado 21 de diciembre, Patricio Chadicadi Barría, acusado del horrendo homicidio del trabajador Sebastián Álvarez Díaz, delito que cometió junto a Alejandro Saldía Ojeda. Basa el abogado su recurso en que la sentencia de Chadicadi se pronunció “con infracción sustancial de derechos y garantías asegurados en la Constitución y por tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes”. Y que, además, le impidieron ejercer las facultades que la ley le otorga.Ibacache busca conseguir una sentencia de reemplazo que, manteniendo todo aquello que no es materia de impugnación, “declare que Patricio Chadicadi Barría quede condenado únicamente en calidad de autor de un delito de homicidio, en concurso con el delito de hurto y no de robo con homicidio, e incendio, a la pena que corresponda en derecho”.
Tribunal prejuiciado
Según el defensor, al parecer el Tribunal Oral actuó prejuiciado, porque previamente el caso fue difundido por los medios de prensa locales, con grandes titulares de portada tales como: “Asesinato en Viernes Santo”; “Asesinan a hombre y queman su casa”; “Brutal asesinato de carpintero: le ataron las manos y quemaron casa para ocultar evidencias”; “Macabro asesinato en Viernes Santo”; “Los asesinos del carpintero”; “Quemaron la casa para ocultar homicidio”. “Incluso un periódico (en alusión a Diario El Pingüino) se dio el lujo de informar, varias semanas antes del juicio, que “el crimen de Semana Santa estaba aclarado, gracias a un informe de la SIP”. De acuerdo a la teoría de Ibacache, “aunque se piense que un juez no debiera dejarse influenciar por semejante información de prensa, en los hechos lamentablemente así ocurrió”.
Ibacache espera que el recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por los magistrados Fabio Jordan, Jovita Soto y Gonzalo Rojas, en contra de Chadicadi, que consta de 25 carillas, sea acogido y remitido a la Corte Suprema, para que dicho tribunal declare la nulidad del juicio y la sentencia.
