Juez rechazó petición de la defensa de dos de los internos que solicitaban cumplir la pena fuera de Punta Arenas, por ser una materia que compete a Gendarmería. A las penas que actualmente cumplen los internos Rodolfo Andrés Ortega Mancilla, Rodrigo Esteban Agoni Tecay, Sebastián Antonio Maturana Yagode y Raúl Patricio Ampuero Miranda, deben sumarle otros tres años de cárcel porque ayer la justicia les impuso esta pena después de encontrarlos culpables del homicidio simple del interno Demis Cordero Astudillo, hecho de sangre ocurrido en la cárcel de Punta Arenas, a fines de marzo de 2009.
También fueron sancionados por el delito de lesiones graves en perjuicio de Cristian Cid Cid, Luis Antonio Castro López; y lesiones menos graves en contra de Pablo Campos Mardones.
El cuarteto aceptó los cargos en su contra, luego de que el fiscal de la causa, Eugenio Campos, les ofreció un procedimiento abreviado, renunciando ir a un juicio oral donde arriesgaban a ser condenados a los ocho años de cárcel, que inicialmente pedía en la acusación la fiscalía.
En la sentencia, el juez Juan Villa no acogió la petición de los abogados defensores de Ortega y Maturana, referida a que estas personas cumplan las condenas en el Centro Penitenciario de Punta Arenas, argumentando que ésta es una prerrogativa administrativa de Gendarmería. Además del homicidio de Cordero Astudillo, el cuarteto estaba acusado de lesionar gravemente a Cristian Jonathan Cid Cid, Luis Antonio Castro López y cometer lesiones menos graves en contra de Pablo Andrés Campos Mardones.
La respuesta que dieron al juez para aceptar este procedimiento fue que no quieren dilatar más esto, además porque saben que en un juicio oral podrían ser sancionados a una pena mucho mayor.
Homicidio
La investigación judicial permitió determinar que el 29 de marzo de 2009, alrededor de las 11.20 horas aproximadamente, al interior del módulo C del centro de cumplimiento penitenciario, en los momentos que personal de Gendarmería entregaba almuerzo a los internos de dicho módulo, los imputados Ampuero, Maturana y Agoni abandonaron el módulo B-1, donde se encontraban en esos momentos, y se dirigieron al módulo C, llevando cada uno diversos elementos contundentes, como fierros, palos y armas cortopunzantes. Luego procedieron a encerrar a uno de los gendarmes que se encontraba en este módulo con el propósito de agredir a Cordero, Cid, Campos y Castro.
El encierro del funcionario buscaba impedir que las víctimas recibieran ayuda. Luego, los tres imputados más Ortega que se sumó a las acciones, procedieron a cerrar las vías de acceso al interior del módulo C, específicamente las celdas que permiten el ingreso, utilizando fierros para hacer palancas y obstaculizar la apertura de las vías de acceso a los demás gendarmes, que en esos momentos llegaban al lugar para resguardar la integridad física de los demás internos del módulo C.
Esto fue impedido por los cuatro internos, ahora condenados, oportunidad en que otros internos del módulo obligaban a salir de sus celdas a las víctimas amenazándolos y agrediéndolos, por lo cual se vieron obligados a bajar hasta el primer piso del módulo, siendo agredidos por otros internos, entre los cuales, se encontraban Ampuero, Maturana, Agoni y Ortega. Ellos, alternadamente, subían y bajaban los diversos pisos del módulo C, agrediendo con golpes de pies, puños y elementos cortopunzante en diversas partes del cuerpo a Campos, el cual resultó con lesiones menos graves y Cid con lesiones graves, entre otras.