
A 541 días de reclusión fue condenado H.R.A.B., en calidad de autor del delito de desacato. Asimismo y reuniéndose los requisitos que exige el artículo 4° de la ley N° 18.216, el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, le otorgó el beneficio de la remisión condicional de la pena, por el mismo periodo, debiendo quedar sometido a la observación y control de la sección pertinente de Gendarmería de Chile. Cabe recordar que de acuerdo a la acusación, informada en juicio por el fiscal Eugenio Campos Lucero (en la fotografía), el ilícito se perpetró en marzo del año 2010, cuando el acusado ingresó a su ex domicilio ubicado en Punta Arenas, incumpliendo una resolución judicial, dictada en su contra, en audiencia pública, que dispuso el abandono del domicilio que compartía con su familia, como también, la prohibición de acercarse a su cónyuge, por acreditarse su responsabilidad como autor del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar.