El difícil camino de la reinserción juvenil

General
01/08/2011 a las 20:20
El director de la entidad, Pedro Hernández Valenzuela, explicó los dos programas de la Ley Penal Adolescente que les corresponde administrar. Uno de los principios generales que persigue la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (vigente hace cuatro años en Chile) es la reinserción social de los jóvenes infractores, junto con hacer cumplir las sanciones que impongan los tribunales que para este segmento se dividen en tres tipos: privativas de libertad (internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, e internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social). No privativas de libertad (libertad asistida especial, libertad asistida, reparación del daño causado, servicios en beneficio de la comunidad, multa y amonestación) y las sanciones accesorias (prohibición de conducir vehículos motorizados y tratamiento de rehabilitación por adicción a las drogas o al alcohol).
Fundación Esperanza
“Nuestra Fundación Esperanza, nacida del corazón pastoral del padre obispo Tomás González Morales, fue creada en 1992, y desde entonces ha venido sirviendo a los niños, niñas y jóvenes en situación de marginalidad y vulnerabilidad social”, se lee en la presentación de la página web (www.fundaciónesperanza.cl)
El director de la entidad, Pedro Hernández Valenzuela, explicó que a ellos les corresponde en estos momentos administrar dos programas de la Ley Penal Adolescente. Uno es el de las medidas cautelares ambulatorias, “donde tenemos la obligación de vigilar a los jóvenes imputados por la comisión de un delito”. Esto ocurre cuando el tribunal decreta una medida cautelar ambulatoria cuyo cumplimiento recae en esta fundación. En esta labor deben velar porque los jóvenes imputados de un delito cumplan con las sanciones impuestas, como puede ser un arraigo, no acercamiento a una víctima, además de hacer que se presenten a las audiencias mientras esté vigente el proceso.
Esta vigilancia la realizan a través de entrevistas de supervisión y control, de carácter semanal, y se preocupan de hacerla intensiva, en la semana, a modo de control en las instituciones donde el joven puede estar participando, ya sea el colegio u otro programa del Sename, debido a una sanción por vía de régimen semicerrado.
Lo más importante, explica Hernández, es “controlar, mediante todas las instancias, la conducta del joven y evitar así la comisión de nuevos hechos reñidos con la justicia”.
Libertad asistida
La libertad asistida es otro de los programas a cargo de la Fundación Esperanza: es una sanción, y que tiene por finalidad contribuir a la reinserción social del adolescente, basada en cuatro componentes de intervención: la responsabilización, habilitación, reparación y reinserción social. A través del primero buscan que el joven se responsabilice del delito que cometió. En el segundo le entregan algunas herramientas para salir adelante, donde cobra importancia el trabajo que están realizando con sicopedagogas (tres alumnas en práctica de la carrera de Sicopedagogía de la Universidad Tecnológica).
El área de la reparación está dada por la vulneración de la mayoría de estos jóvenes, producto de vulneraciones que vienen desde la infancia al interior del núcleo familiar. Y finalmente la reinserción social y educacional la buscan a través de las redes de apoyo. Entre los dos programas actualmente están trabajando con 20 jóvenes.

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